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Sistema de Información sobre Biodiversidad

 

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Funciones de las autoridades científicas CITES en Colombia según el Decreto 1420 de 1997:

1. Determinar la viabilidad para la exportación de especímenes incluidos en los apéndices CITES, capturados en el medio silvestre dentro del territorio nacional, y establecer si tal actividad perjudica o no la supervivencia de las especies.

2. Evaluar la factibilidad para la importación de especies y/o especímenes incluidos en los apéndices de CITES, precisando si los fines de la importación perjudicarán o no la supervivencia de las especies y el equilibrio de los sistemas naturales dentro del territorio nacional.

3. Evaluar la factibilidad para la introducción y reintroducción de especies y/o especímenes procedentes o productos de especies incluidos en CITES y establecer si tal actividad perjudica o no la supervivencia de las especies.

4. Conceptuar sobre las autorizaciones que se soliciten para recolectar especies y/o especímenes del medio silvestre, los estudios de población, el establecimiento de cupos y en general de la gestión sobre poblaciones naturales de las especies objeto de CITES del país.

5. Conceptuar sobre la distribución de las especies, su situación demográfica, tendencias de la población, recolección, información sobre el comercio y otros factores biológicos, económicos y ecológicos, a fin de recomendar medidas correctivas idóneas que permitan la permanencia de las especies en su área de distribución, en un nivel constante con la función que desempeñan en el ecosistema y distantes del nivel a partir del cual podrían reunir los requisitos de inclusión en los Apéndices I y eventualmente en el Apéndice II del Convenio CITES.

6. Conceptuar sobre la capacidad del destinatario de especímenes vivos de especies incluidas en el Apéndice I del Convenio CITES, importados o introducidos, o procedentes del mar, para albergarlos y cuidarlos adecuadamente, o formular recomendaciones al Ministerio del Medio Ambiente antes de que éste emita su dictamen y expida los permisos y certificados CITES.

7. Analizar e informar al Ministerio del Medio Ambiente, como autoridad administrativa ante CITES y a las autoridades ambientales competentes, si los establecimientos que crían en cautiverio o reproducen artificialmente especies CITES cumplen con los criterios necesarios para ello.

8. Efectuar en común acuerdo con el Ministerio del Medio Ambiente, como autoridad administrativa ante CITES, las propuestas para enmendar los apéndices I, II y III de CITES.

9. Informar al Ministerio del Medio Ambiente si las instituciones científicas que soliciten su inscripción en el registro que se abra para tal efecto, con el objeto de obtener intercambio científico sobre especies incluidas en los apéndices del Convenio CITES, cumplen o no con los criterios enunciados en la Convención.

10. Trabajar conjuntamente con el Ministerio del Medio Ambiente, como autoridad administrativa ante CITES, en la correcta aplicación del CITES.

11. Propender por la consecución de los recursos humanos y técnicos necesarios para adelantar su labor como Autoridades Científicas de Colombia ante CITES.

12. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su misión como autoridades científicas.

El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt tiene a su cargo la representación y la coordinación del cumplimiento de las funciones de las autoridades científicas.

Las autoridades científicas han conformado un equipo interdisciplinario para fortalecer el estudio, análisis y evaluación de temas específicos, y procuran trabajar de manera independiente y autónoma en el desarrollo de sus funciones. Estas autoridades sólo evalúan los documentos y solicitudes remitidas por la autoridad administrativa.

Con base en el concepto de las autoridades científicas, la autoridad administrativa toma la decisión correspondiente y la comunica a los usuarios.

En el cumplimiento de sus funciones, las autoridades científicas fomentan el desarrollo de proyectos que contribuyen al conocimiento, conservación y uso de las especies, sin desconocer el papel de las comunidades locales en el manejo de los recursos.

 

 
     
Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander von Humboldt" Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras "José Benito Vives de Andreis" Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico Instituto de Ciencias Naturales - Universidad Nacional de Colombia